Qué hacer si un cobrador de deudas le pide dinero que usted no debe
Si cree que no debe una parte, o la totalidad, de la deuda, o simplemente no la reconoce, envíe una carta al cobrador para impugnarla. Sea lo más específico posible sobre por qué cree que la deuda es incorrecta, pero proporcione la menor cantidad de información personal posible.
3 cosas que NUNCA debe decirle a un cobrador de deudas
Cómo probar que una deuda no es suya con una carta de verificación
Si el acreedor lo denunció a los burós de crédito, su estrategia debe ser diferente. Ignorar la colección hará que su puntaje se vea menos afectado a lo largo de los años, pero tomará siete años para que desaparezca por completo de su informe. Incluso pagarlo causará algún daño, especialmente si la colección es de hace uno o dos años.
Podría ser demandado.
El cobrador de deudas puede presentar una demanda en su contra si ignora las llamadas y cartas. Si luego ignora la demanda, esto podría conducir a un juicio y la agencia de cobranza podría embargar su salario o perseguir los fondos en su cuenta bancaria.
Aquí hay algunas sugerencias que podrían funcionar a su favor:
El embargo de salario generalmente comienza dentro de los cinco a 30 días posteriores a la aprobación. La hora exacta variará según el acreedor y el estado.
No. Los cobradores de deudas tienen prohibido engañarlo o engañarlo mientras intentan cobrar una deuda. Por lo general, las leyes federales prohíben a los cobradores de deudas utilizar declaraciones falsas, engañosas o engañosas para cobrar una deuda.
La Ley de Prácticas Justas de Cobro de Deudas (FDCPA) detalla sus derechos como consumidor. Uno de esos derechos es que no pueden mentir. ... Además, los cobradores de deudas no pueden tomar o amenazar con tomar su propiedad a menos que se pueda hacer legalmente. Esto se refiere principalmente a la deuda que supera el estatuto de limitaciones en su estado.
Una carta 609 es un método para solicitar la eliminación de información negativa (incluso si es precisa) de su informe crediticio, gracias a las especificaciones legales de la sección 609 de la Ley de informes crediticios justos.
Según la CFPB, el cobrador tendría que confirmar que tiene, además de la información habitual, el número de cuenta asociado con la deuda, la fecha del incumplimiento, el monto adeudado en el incumplimiento y la fecha y el monto de cualquier pago o crédito aplicado después del incumplimiento.
Si la cuenta se vendió a otro acreedor, ese acreedor debe demostrar que tiene derecho a demandar para cobrar la deuda. ... A menudo, dicha prueba será una factura de venta, una "cesión" o un recibo entre el último acreedor que tiene la deuda y la entidad que lo demanda.
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